¿Vendemos la casa?, ¿te pago tu parte y cambiamos la escritura?, ¿qué pasa con los niños? Te resolvemos los interrogantes más comunes que aparecen cuando una pareja se rompe.
El duro trance de dar por finalizada una relación de pareja puede hacerse aún más doloroso si en la discursión se encuentra la propiedad de una vivienda. Para evitar disgustos añadidos a la hora de saber quién debe quedarse con la casa o qué derechos se tiene sobre ella conviene tener muy claro cuales son los distintos regímenes económicos, y sobre todo, estar dispuesto al entendimiento.
Asunción Santos, responsable del departamento civil de Legalitas asegura que "más vale ceder y alcanzar un acuerdo, antes de llegar al pleito judicial".
Si tú la quieres, la pagas... entera
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Cuando la pareja de novios, sin que haya matrimonio, ha comprado la vivienda a medias, al 50% cada uno, lo más usual en caso de ruptura es que se la quede uno de los dos, pagando la parte del otro propietario. Para ello, “tiene que asumir el préstamo hipotecario y el banco debe liberar a la otra parte”, dice el notario José Javier Corral.
· Así se hace. El cambio en la propiedad a un solo titular es la extinción del condominio. “Es la solución por las buenas”, explica el abogado Carlos Mateu, “y tiene la ventaja de que se paga el 1% de Actos Jurídicos Documentados en vez del 6% de una compraventa”.
De los hijos ‘depende’ quién la disfrutará
La separación de un matrimonio con hijos en común puede acarrear dificultades por la diferencia entre uso y propiedad de la vivienda. Si es una separación de mutuo acuerdo, las partes firmarán un convenio regulador en el que se atribuye el uso de la vivienda y se acuerda la liquidación de los bienes gananciales, si los hubiera.
El conflicto surge cuando la separación llega al juzgado para atribuir la guardia y custodia de los hijos.
El juez ‘manda’. La sentencia determinará quién tiene la guardia custodia de los hijos, equivale al uso y de la vivienda, sin importar de quién sea ésta.
Límite temporal. El juez lo dictamina sentencia: puede hasta la mayoría de los hijos o hasta que alcancen su independencia económica.
La peor de las soluciones
Esta es la peor de las soluciones ya que se trata de un proceso muy largo y muy caro. Santos recomienda evitar este procedimiento. La división de la cosa común, cuando ésta es una vivienda, supone un proceso judicial que se extiende en el tiempo y que resulta muy costoso.
El escenario más complicado se produce cuando uno de los dos propietarios no quiere vender su parte al otro ni a terceras personas. Entonces puede producirse el acto de división de la cosa común, el “actio communi dividundo”. Se trata de un proceso judicial que, de no llegar a un acuerdo para la venta, puede concluir con la subasta pública de la casa.
En caso de que la vivienda sea protegida, que uno de los dos sea adjudicatario de una VPO, deberá comunicar a la Consejería competente de la comunidad autónoma el hecho de la ruptura y pedir autorización para cambiar la escritura a nombre de uno solo de los dos. En ningún caso se podrá vender a un tercero, sí entre ellos pero a precio tasado.
Los regímenes económicos
BIENES GANANCIALES. Los beneficios se dividen entre dos. Es el régimen económico del matrimonio, con carácter general. Se ponen en común las ganancias obtenidas por cualquiera de los cónyuges a partir del matrimonio, por lo que si hay divorcio, se dividirán entre los dos. Para liquidar los bienes gananciales se hace un inventario para determinar su valor así como las deudas de la sociedad de gananciales. “El incremento del valor es lo que se divide entre dos cuando hay divorcio”, explica CarlosMateu.
BIENES PRIVATIVOS. No cambian de propietario. Pertenecen exclusivamente a uno de los dos miembros de la pareja por haber sido adquiridos previamente. Por tanto, en caso de separación o divorcio, la propiedad de la vivienda que sea un bien privativo no se verá afectada.
SEPARACIÓN DE BIENES. Lo tuyo es tuyo y lo mío es mío. En este régimen económico los bienes adquiridos por cada cónyuge antes de la celebración delmatrimonio le siguen perteneciendo, así como los que adquiera después. De esta manera, se ahorran bastantes conflictos que puedan surgir. En algunas comunidades autónomas, la separación de bienes se aplica automáticamente, salvo que la pareja haya pactado otra cosa antes delmatrimonio. Es el caso de Cataluña, Aragón, Baleares, Navarra y la provincia de Vizcaya.
una pareja de novios compra una vvda,
rompen y el chico se queda a vivir en la
casa. la chica no quiere la casa, renuncia
totalmente, no quiere su parte.
Puede obligar la parte que queda viviendo en
la misma a pagar a la otra parte que no disfruta
de la casa ni la quiere??
O tiene que pagar la mitad de la hipoteca'
os agradezco de antemano vuestra ayuda.
Un saludo.
Cristina
Todos buscamos pareja todos necesitamos una pareja, alguien a nuestro lado, un hombre o una mujer que nos acompañe por el largo y duro camino de nuestra vida, apoyandonos, queriendonos, amandonos con pasion. Somos nosotros quienes hacemos sexy a nuestro hombre o a nuestra mujer, somos nosotros quienes nos sentimos sexys y atractivos, quienes seducimos y nos dejamos seducir por nuestro hombre o nuestra mujer, en definitiva, por nuestra pareja.